
Publicado en: Derecho de Familia, Derecho Sucesorio | Autor: Abg. Orlando Navarro Canelas, ABOGADO – MBA
Tras el fallecimiento de un ser querido, enfrentarse a trámites legales es una carga adicional en un momento difícil. Afortunadamente, cuando una persona fallece sin dejar testamento y existe armonía entre sus familiares, la ley boliviana ofrece un camino pacífico y expedito: la Declaratoria de Herederos por Vía Voluntaria Notarial.
Este procedimiento moderno evita un largo proceso judicial y permite a los herederos formalizar su derecho sobre el patrimonio del difunto de manera rápida y eficiente. En LEX HONORIS, sabemos que en estos momentos usted busca tranquilidad y seguridad. Esta guía le explicará los requisitos y pasos para una sucesión sin conflictos.
¿Qué es la Declaratoria de Herederos y Cuándo se Puede Hacer ante Notario?
La declaratoria de herederos es el trámite legal que identifica y reconoce formalmente a los sucesores de una persona que ha fallecido sin dejar un testamento (sucesión ab-intestato).
Gracias a la Ley del Notariado Plurinacional, este procedimiento puede realizarse íntegramente ante un Notario de Fe Pública, siempre y cuando se cumpla una condición fundamental: que exista un acuerdo unánime y ninguna disputa entre todos los herederos. Si existe cualquier tipo de desacuerdo, el trámite debe obligatoriamente resolverse en la vía judicial.
Requisitos Indispensables: Checklist para el Trámite Notarial
Para que el proceso sea ágil, es crucial tener toda la documentación en orden. Antes de acudir al notario, asegúrese de contar con los siguientes documentos originales y actualizados:
- Certificado de Defunción original del familiar fallecido.
- Cédula de Identidad vigente de todas las personas que heredarán.
- Certificado de Nacimiento original de cada uno de los hijos, para acreditar su filiación.
- Certificado de Matrimonio original, si la esposa o esposo sobreviviente también es heredero/a.
- Documentos de propiedad de todos los bienes que componen la herencia (Folios Reales de inmuebles, RUAT de vehículos, etc.).
- Dos testigos mayores de edad que no sean familiares y que puedan dar fe de su calidad de herederos (opcional, según requerimiento del Notario).
El Proceso Paso a Paso en la Notaría de Fe Pública
El procedimiento notarial está diseñado para ser claro y eficiente.
Paso 1: Asesoría Legal y Preparación del Memorial de Solicitud Antes de iniciar, es fundamental contar con un abogado. Este profesional verificará que todos los documentos estén correctos y redactará el memorial de solicitud, un documento formal dirigido al Notario de Fe Pública donde los herederos expresan su voluntad de ser declarados como tales. En LEX HONORIS, nos encargamos de esta etapa para garantizar que su solicitud sea admitida sin observaciones.
Paso 2: Presentación de la Solicitud ante Notario Usted y los demás herederos, junto con su abogado, presentan el memorial y toda la documentación de respaldo en una Notaría de Fe Pública del último domicilio del fallecido.
Paso 3: Acta de Declaraciones El Notario recibirá las declaraciones de los solicitantes, quienes ratificarán su condición de herederos.
Paso 4: Emisión de la Escritura Pública Una vez cumplidos todos los requisitos, el Notario labrará la Escritura Pública de Sucesión Hereditaria sin Testamento, el documento final que los declara legalmente como herederos forzosos.
## Costos y Tiempos: ¿Cuánto Cuesta y Cuánto Tarda el Trámite?
- Tiempo Estimado: Una de las mayores ventajas de la vía notarial es la rapidez. Un trámite bien gestionado puede completarse en un plazo de 15 a 30 días, a diferencia de los meses que puede tomar un proceso judicial.
- Desglose de Costos:
- Arancel Notarial: El costo del trámite notarial para «Procesos Sucesorios sin Testamento» es de Bs. 800 (Bs. 500 destinados al Estado y Bs. 300 de honorarios para el Notario).
- Honorarios del Abogado: El Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales de la Abogacía establece como base para un «Proceso Voluntario» en La Paz la suma de Bs. 5.000. Este monto cubre la gestión integral del abogado para asegurar que el trámite se realice correctamente.
- Impuesto a la Sucesión: Es importante recordar que, una vez obtenida la declaratoria, los herederos deben pagar el Impesto a la Sucesión, cuyo cálculo y declaración requieren asesoría para evitar multas.
Después de la Declaratoria: El Siguiente Paso Crucial
Obtener la Escritura Pública de declaratoria de herederos es el paso más importante, pero no el último. Para que el derecho de propiedad sobre los bienes sea efectivo, es indispensable registrar esa declaratoria en todas las instituciones pertinentes:
- Derechos Reales para los bienes inmuebles.
- Tránsito para los vehículos.
- Entidades Financieras para las cuentas bancarias.
- Impuestos Nacionales para el cambio de titularidad del NIT, si corresponde.
Este paso final consolida la transferencia y es fundamental para poder disponer libremente de los bienes.
Honre a sus Seres Queridos con un Trámite Ordenado y sin Conflictos
Sabemos que este es un momento delicado. Permita que LEX HONORIS se encargue de todo el proceso de declaratoria de herederos, desde la recopilación de documentos hasta el registro final de los bienes, garantizándole un trámite eficaz y la tranquilidad que usted y su familia merecen.
LEX HONORIS: El honor de una defensa eficaz.
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