Abogado en La Paz Bolivia

La usucapión es la solución legal para una variedad de situaciones en las que una persona o familia no cuenta con la documentación que acredite su propiedad, a pesar de haber vivido y actuado como dueños por muchos años. Aplica principalmente en los siguientes casos:

  • Posesión de Lotes o Casas sin «Papeles»: Para personas que han ocupado un terreno abandonado, han construido su vivienda y han vivido allí de forma pacífica y pública por más de una década.
  • Compras Antiguas no Formalizadas: Cuando se compró un inmueble mediante un documento privado simple que nunca se elevó a Escritura Pública ni se inscribió en Derechos Reales.
  • Sucesiones Hereditarias no Regularizadas: Cuando los herederos han tomado posesión de los bienes del fallecido pero nunca han formalizado la declaratoria de herederos ni la división.
  • Compras a un Vendedor que no era el Dueño: Cuando una persona compra de buena fe un inmueble de alguien que creía era el propietario, pero que legalmente no lo era.

El objetivo final de la usucapión es que la realidad (la posesión continua) se imponga sobre la formalidad (un registro desactualizado), otorgando seguridad jurídica a quien ha ejercido de facto el derecho propietario.

Tipos de Usucapión y sus Requisitos Específicos

El Código Civil Boliviano establece dos modalidades principales de usucapión, cada una con sus propios requisitos de tiempo y condiciones:

1. Usucapión Decenal o Extraordinaria (10 años)

Esta es la forma más común y poderosa de usucapión. Permite adquirir la propiedad por la sola posesión continuada durante diez años.

Requisitos Clave (Art. 138 del Código Civil):

  • Posesión Continuada por 10 Años: Debe demostrar que ha poseído el inmueble de forma ininterrumpida durante al menos una década.
  • Posesión Pública y Pacífica: Su posesión debe ser conocida por los vecinos y la comunidad (pública) y no debe haber sido obtenida ni mantenida mediante la violencia (pacífica). No puede ser una posesión clandestina u oculta.
  • Actos de Dominio: Debe haber actuado como el verdadero dueño. Esto se prueba con la realización de mejoras, construcciones, el pago de servicios básicos (luz, agua), el pago de impuestos a la propiedad (aunque estén a nombre del anterior dueño), etc.

En esta modalidad, no se necesita un título de propiedad previo ni se exige la buena fe. Basta con probar la posesión continua durante los 10 años.

2. Usucapión Quinquenal u Ordinaria (5 años)

Esta modalidad es más rápida pero requiere condiciones más estrictas. Procede cuando una persona ha poseído un inmueble durante cinco años de forma continua.

Requisitos Clave (Art. 134 del Código Civil):

  • Posesión Continuada por 5 Años: El tiempo de posesión requerido es menor.
  • Buena Fe: El poseedor debe haber creído, de forma justificada, que estaba adquiriendo la propiedad del verdadero dueño.
  • Título Idóneo: Debe existir un «título idóneo para transferir la propiedad». Esto se refiere a un documento que, en apariencia, es legal y válido para una transferencia (ej. un documento de venta, una donación), pero que tiene un vicio de fondo (fue otorgado por alguien que no era el verdadero propietario).
  • Inscripción: El cómputo de los 5 años comienza desde la fecha en que este título fue inscrito en Derechos Reales.

¿Cómo se Inicia el Proceso Judicial?

El proceso de usucapión siempre se tramita en la vía judicial a través de un proceso ordinario, ya que se busca que un juez declare un derecho propietario.

  1. Demanda: Su abogado presenta una demanda ante un Juez Público en lo Civil, adjuntando todas las pruebas que demuestren la posesión (facturas, comprobantes de pago, planos, fotografías) y ofreciendo la declaración de testigos (generalmente vecinos).
  2. Sentencia: Tras valorar todas las pruebas, si el juez se convence de que se han cumplido los requisitos, dictará una sentencia que lo declara propietario.
  3. Inscripción: Esa sentencia se inscribe en Derechos Reales, creándose un nuevo Folio Real a su nombre.

¿Ha Poseído un Inmueble por Años? Es Hora de Convertirse en el Propietario Legal.

La usucapión es el camino legal para asegurar su patrimonio y el de su familia. No deje que la incertidumbre sobre su derecho de propiedad le quite el sueño.

LEX HONORIS: El honor de una defensa eficaz.

Agende una Sesión de Análisis de Caso y Estrategia Legal para evaluar la viabilidad de su caso y comenzar el proceso para obtener su título de propiedad definitivo.

Agendar Sesión de Análisis de Caso

WhatsApp Directo para una Respuesta Rápida: 77782222 Email: orlando.navarro@abogado.bolivia.bo

No responses yet

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Latest Comments

No hay comentarios que mostrar.